Sección 33 Información a Revelar sobre Partes Relacionadas
Información a revelar sobre las relaciones controladora subsidiaria
33.5 Se deberán revelar las relaciones entre una controladora y sus subsidiarias, con independencia de si ha habido o no transacciones entre dichas partes relacionadas. Una entidad revelará el nombre de su controladora y, si fuera diferente, el de la parte controladora última. Si ni la controladora de la entidad ni la parte controladora última elaboran estados financieros disponibles para uso público, se revelará también el nombre de la controladora próxima más importante (si la hay) que lo haga.
Información a revelar sobre las remuneraciones del personal clave de la gerencia
33.7 Una entidad revelará el total de las remuneraciones del personal clave de la gerencia.
Información a revelar sobre las transacciones entre partes relacionadas
33.8 Una transacción entre partes relacionadas es toda transferencia de recursos, servicios u obligaciones entre una entidad que informa y una parte relacionada, con independencia de que se cargue o no un precio. Ejemplos habituales de transacciones entre partes relacionadas en las PYMES incluyen, pero no se limitan a:
(a) Transacciones entre una entidad y su(s) propietario(s) principal(es).
(b) Transacciones entre una entidad y otra cuando ambas están bajo el control común de una sola entidad o persona.
(c) Transacciones en las que una entidad o persona que controla a la entidad que informa lleva a cabo gastos directamente que, en otro caso, se hubieran realizado por la entidad que informa.
33.9 Si una entidad realiza transacciones entre partes relacionadas, revelará la naturaleza de la relación con cada parte relacionada, así como información sobre las transacciones, los saldos pendientes y los compromisos que sean necesarios para la comprensión de los efectos potenciales que la relación tiene en los estados financieros. Esos requerimientos de información a revelar son adicionales a los del párrafo 33.7 de revelar las remuneraciones del personal clave de la gerencia. Como mínimo, tal información incluirá:
(a) El importe de las transacciones.
(b) El importe de los saldos pendientes y:
(i) sus plazos y condiciones, incluyendo si están garantizados, así como
la naturaleza de la contraprestación fijada para su liquidación; y
(ii) detalles de cualquier garantía otorgada o recibida.
(c) Provisiones por deudas incobrables relacionadas con el importe de los saldos pendientes.
(d) El gasto reconocido durante el periodo relativo a las deudas incobrables y de dudoso cobro, procedentes de partes relacionadas.
Estas transacciones pueden incluir las compras, ventas o transferencias de bienes o servicios; arrendamientos; garantías; y liquidaciones que haga la entidad en nombre de la parte relacionada, o viceversa.
33.10 Una entidad revelará la información requerida por el párrafo 33.9 de forma separada para cada una de las siguientes categorías:
(a) Entidades con control, control conjunto o influencia significativa sobre la entidad.
(b) Entidades sobre las que la entidad ejerza control, control conjunto o influencia significativa.
(c) Personal clave de la gerencia de la entidad o de su controladora (en total).
(d) Otras partes relacionadas.
33.11 Una entidad estará exenta de los requerimientos de información a revelar del párrafo 33.9 con relación a lo siguiente:
(a) un estado (un gobierno nacional, regional o local) que tenga control, control conjunto o influencia significativa sobre la entidad que informa; y
(b) otra entidad que sea una parte relacionada, porque el mismo estado tiene control, control conjunto o influencia significativa tanto sobre la entidad que informa como sobre la otra entidad.
Sin embargo, la entidad debe todavía revelar las relaciones controladora subsidiaria, tal como requiere el párrafo 33.5.
33.12 Los siguientes son ejemplos de transacciones sobre las que se deberá informar siempre que se hubieran producido con una parte relacionada:
(a) Compras o ventas de bienes (terminados o no).
(b) Compras o ventas de propiedades y otros activos.
(c) Prestación o recepción de servicios.
(d) Arrendamientos.
(e) Transferencias de investigación y desarrollo.
(f) Transferencias en función de acuerdos de licencias.
(g) Transferencias en función de acuerdos de financiación (incluyendo préstamos y aportaciones de patrimonio en efectivo o en especie).
(h) Otorgamiento de garantías y avales.
(i) Liquidación de pasivos en nombre de la entidad, o por la entidad en nombre de un tercero.
(j) Participación de una controladora o de una subsidiaria en un plan de beneficios definidos donde se comparta el riesgo entre las entidades del grupo.
33.13 Una entidad no señalará que las transacciones entre partes relacionadas fueron realizadas en términos equivalentes a aquellos que prevalecen en transacciones realizadas en condiciones de independencia mutua, a menos que dichas condiciones puedan ser comprobadas.
33.14 Una entidad puede revelar las partidas de naturaleza similar de forma agregada, excepto cuando la revelación de información separada sea necesaria para una comprensión de los efectos de las transacciones entre partes relacionadas en los estados financieros de la entidad.
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